lunes, 7 de noviembre de 2016

LA ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA ESTADAL

El Poder Público Estadal:




Los Estados son entidades autónomas, con personalidad jurídica plena, y quedan obligados a mantener la independencia, soberanía e integridad nacional, cumplir y hacer cumplir la Constitución y la ley de la República. Para poder optar al cargo de Gobernador de Estado se debe cumplir con los siguientes requisitos:

Ø Ser venezolano(a) por nacimiento o naturalización (los naturalizados deben demostrar que residen por lo menos desde hace 15 años en el Estado).
Ø  Mayor de 25 años.
Ø  De estado seglar.
Ø  Estar inscrito en el Registro Electoral Permanente.

El Poder Estadal.

Es aquel constituido por todas aquellas instituciones u órganos del Gobierno señaladas en Nuestra Carta Fundamental, con competencia a nivel Estadal, así se detallan la existencia del Poder Legislativo Estadal (Consejo Legislativo), Ejecutivo (Gobernador), Judicial (Dirección Ejecutiva de la Magistratura con sus oficinas regionales), Ciudadano (Contraloría autónoma).

El Poder Estadal está conformado actualmente por los siguientes poderes:


1.- Poder Legislativo Estadal. 

El Poder Legislativo Estadal lo ejerce el Consejo Legislativo quién ejerce las funciones legislativas regionales y sancionará la ley de presupuesto del Estado. Está integrado por un número de miembros no mayor de quince (15) ni menor de siete (7) quienes proporcionalmente representan a la población del Estado y sus municipios. Los legisladores estadales son elegidos por un período de años cuatro (4) y pueden solamente ser reelegidos por dos períodos.
El Poder Legislativo Estadal está conformado por un Consejo Legislativo en cada Estado.

2.- Poder Ejecutivo Estadal. 

El Poder Ejecutivo Estadal lo ejerce el Gobernador de Estado, éste debe ser mayor de veinticinco (25) años de edad y tener cinco (5) años de residencia initerrumpida en el Estado. Podrá ser elegido para un período gubernamental de cuatro (4) años y reelegido de inmediato, por una solo vez, para un lapso adicional. Deberá rendir cuenta de su gestión anualmente ante el Contralor del Estado, la Comisión Legislativa, el Consejo de Planificación y la Coordinación de Políticas Públicas.

El Poder Ejecutivo Estadal está conformado actualmente por los siguientes organismos o entes:
                        
              * Gobernaciones
              * Consejo Federal de Gobierno
              * Consejo de Estado
              * Comité de Postulaciones Judiciales


3.- Poder Judicial Estadal.


El Poder Judicial es estrictamente nacional; Son autoridades nacionales con asiento territorial en cada entidad federal. La Ley Orgánica del Poder Judicial resuelve este asunto, en virtud que establece que los juzgados de primera instancia, por ejemplo, tendrán su sede – como premisa – en la capital de cada estado, esto no implica que no puedan ser creados en las ciudades más importantes después de la capital de cada estado, siguiendo los parámetros que señalen el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y la Dirección Ejecutiva de la Magistratura (DEM) para llevar más cerca la justicia al ciudadano; de allí que se encuentran juzgados de primera instancia en ciudades como Charallave, Estado Miranda; Puerto Ordaz, Estado Bolívar;Acarigua, Estado Portuguesa, por ejemplo. Nótese que ninguna de las mencionadas es la capital de sus entidades federales, pero todas tienen en común que son localidades de actividad económica de importancia para el desarrollo por estar ubicadas allí, bien sea fabril, industrial o comercial de interés

4.- Poder Ciudadano Estadal.



Para el caso del Poder Ciudadano la situación es similar que con el Poder Judicial; en el caso del
Ministerio Público, conocido también como Fiscalía General de la República, por cuanto forma parte del llamado Sistema de Justicia, según Nuestro Texto Fundamental.
Al referirse a la Controlaría General de la República, es estrictamente nacional. Lo que ocurre es que el sistema de control establece órganos de corte similar en el nivel estatal y municipal, denominados controlarías estadales y municipales, respectivamente. La Constitución de la República y la Ley Orgánica de la Controlaría General de la República y el Sistema Nacional de Control Fiscal. En cuanto a la Defensoría del Pueblo, la cual también es una autoridad nacional, hay también presencia de Defensorías Delegadas o Auxiliares con asiento en cada estado, por cuanto es absurdo que la Defensoría del Pueblo solo tuviese sedeen la capital de la República, cuando tiene una misión tan vital en Pro de los derechos humanos, por ejemplo. Basta con estudiar la Ley Orgánica que la rige.

Es el órgano rector de la planificación de las políticas públicas, a fin de promover el desarrollo armónico, equilibrado y sustentable del estado.